El presidente del bloque del Frente de Todos (FdT) de Diputados, Germán Martínez, recordó este viernes que la Corte Suprema tuvo "1.577 días de análisis" para fallar sobre la ley actual del Consejo de la Magistratura. Aseguró, sin embargo, que la Cámara baja, en cambio, tendrá "sólo cuatro días hábiles para aprobar la nueva ley" sancionada ayer por el Senado.

En su cuenta de Twitter, Martínez recordó que "el expediente sobre constitucionalidad de la ley actual entró a la Corte el 22/08/2017". "El fallo salió el 16/12/2021. 1.577 días de análisis. Diputados tiene sólo cuatro días hábiles para aprobar una nueva ley, según el plazo fijado por la misma Corte", señaló.

De esta manera, el legislador hizo referencia al escaso plazo que tendrá la Cámara de Diputados para tratar el proyecto sancionado ayer por el Senado. Se debe a que, de acuerdo al fallo de la Corte, el límite para sancionar una nueva ley vence el viernes 15 de abril.

Qué dice el fallo de la Corte

El fallo de la Corte Suprema nacional declaró la inconstitucionalidad de la conformación de 13 miembros que se dispuso en 2006, actualmente vigente.

En esa oportunidad, el máximo tribunal otorgó al Congreso un plazo de 120 días para sancionar una ley que establezca una nueva estructura del organismo encargado de proponer magistrados.

El proyecto aprobado ayer por el Senado deberá ser tratado en los próximos días por la cámara baja, donde el escenario de paridad entre el oficialismo y la oposición, obligará al FdT a establecer acuerdos para aprobar esa iniciativa.

Para ello, previamente deben conformarse las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Justicia, aún sin integrarse, debido a las dificultades entre el oficialismo y la oposición para avanzar en acuerdos en ese sentido.

Claves del proyecto aprobado en el Senado

  • El Consejo de la Magistratura estará integrado por 17 miembros.
    • Cuatro (4) jueces o juezas del Poder Judicial de la Nación, elegidos o elegidas sobre la base del sistema D´Hondt.
    • Seis (6) legisladores o legisladoras del Poder Legislativo de la Nación.
    • Cuatro (4) representantes de los abogados y las abogadas de la matrícula federal inscriptos e inscriptas en las Cámaras Federales.
    • Un o una (1) representante del Poder Ejecutivo Nacional.
    • Dos (2) representantes de los ámbitos académicos y/o científicos.
  • Se establecen cuatro regiones.
    • AMBA (Ciudad de Buenos Aires, La Plata y San Martín).
    • Norte (Salta, Tucumán, Resistencia, Posadas, Paraná y Corrientes).
    • Centro (Mar del Plata, Córdoba, Rosario y Mendoza).
    • Sur (Bahía Blanca, Comodoro Rivadavia, General Roca y Comandante Luis Piedrabuena).
  • Se creará una quinta comisión denominada de "Asuntos Federales", la cual estará integrada por cuatro senadores, uno por cada una de las cuatro regiones mencionadas.
  • La fuerza política con mayor representación parlamentaria tendrá dos senadores en la comisión, mientras que la primera minoría y la segunda minoría tendrán un representante cada una.
  • Se establece que el representante designado por el Poder Ejecutivo no podrá ser reemplazado una vez finalizado su mandato por un integrante del mismo género, sino que deberán alternarse mujer y hombre.