El Ministerio de Trabajo habilitó la inscripción al Programa de Asistencia y Reconversión de Emergencia para titulares de paradas y/o repartos de venta de diarios, revistas y afines.

Las inscripciones quedaron abiertas desde este miércoles 2 de marzo y finalizan el 30 de junio del 2022. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial: “Con el objeto de permitir que el universo de potenciales sujetos alcanzados puedan acceder al beneficio establecido en el Programa de Asistencia y Reconversión de Emergencia para titulares de paradas y/o repartos de venta de diarios, revistas y afines, resulta necesario establecer el plazo para la inscripción al citado Programa a través del servicio habilitado en la página web de la AFIP”.

La resolución 167/2022, que llevó la firma del titular de la cartera laboral, Claudio Moroni, busca otorgarle este año a cada titular de puestos de diarios la suma de $120.000 en hasta seis cuotas de $20.000 para colaborar en la reconversión de los locales ante la merma en la venta de ejemplares impresos.

Los beneficiarios no podrán figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y tampoco podrán tener durante el mes anterior al pago de la asistencia dineraria ingresos por un empleo asalariado, jubilación o pensión, un programa social y de empleo, a excepción de la Asignación Universal por Hijo (AUH) o por Embarazo.

Para acceder al beneficio, los titulares de las paradas de diarios deben tener sus datos asentados en el Subregistro de Vendedores de Diarios y Revistas. El trámite se realiza mediante la página web oficial de AFIP.