El fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal Javier De Luca desistió de apelar la decisión de cerrar por "inexistencia de delito" la causa por el Memorándum con Irán por el atentado a la AMIA, en la que el 7 de octubre pasado quedaron sobreseídos todos los imputados, entre ellos la vicepresidenta Cristina Kirchner, el procurador del Tesoro, Carlos Zannini y el senador, Oscar Parrilli, entre otros; por decisión del Tribunal Oral Federal 8.

De Luca entregó este lunes un dictamen a la sala 1 del máximo tribunal penal federal en el que consideró que el hecho que se denuncia no puede "de ningún modo subsumirse en alguna de las conductas que el ordenamiento jurídico califica como delitos" y ante eso el "deber" de la fiscalía es "hacer cesar la persecución penal", según el texto al que tuvo acceso esa agencia

Así, resolvió así no mantener en esa instancia la apelación presentada por su colega ante el Tribunal Oral Federal 8, Marcelo Colombo. Y entendió que debe quedar firme el sobreseimiento por inexistencia de delito dispuesto por ese tribunal. 

De Luca consideró que esta decisión, que fue apelada por las querellas de la causa, debe quedar firme y se remitió a dos dictámenes suyos firmados en 2015 y 2016 donde también sostuvo que en la firma del Memorándum no hubo delito y se trató de una "decisión política". 

Un tratado o Memorándum, como es el caso, firmado "entre dos potencias soberanas no puede ser la base fáctica de un delito", sostuvo en el dictamen de 20 carillas firmado hoy. Y agregó que "las motivaciones o ultraintenciones que pudieran haber tenido los distintos actores que intervinieron en las negociaciones previas, redacción, sanción, aprobación o ratificación, tampoco".

En ese contexto, concluyó que el "acierto, conveniencia o error no es asunto que incumba al Poder Judicial, porque se trata de cuestiones políticas, no justiciables. Pues, lo contrario implicaría menoscabar las funciones que conciernen a otros poderes". 

En tanto, la querella que representa a familiares de víctimas del atentado a la mutual judía mantuvo el recurso de Casación y recusó a De Luca por presunta pérdida de objetividad ante los anteriores dictámenes en los que postuló la inexistencia de delito.