El Gobierno reglamentó la ley que establece un cupo laboral mínimo del 1 por ciento para personas travestis, transexuales y transgénero en todos los organismos del Estado. En ese marco, actualizó el nombre del registro a través del cual las personas interesadas pueden inscribirse para dar a conocer sus datos de contacto, experiencia laboral o de formación

A través del decreto 659/2021, el Poder Ejecutivo detalló los alcances de la Ley 27.636 de Promoción al Empleo para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero que fue sancionada en junio pasado por el Congreso Nacional. La norma publicada en la edición de hoy del Boletín Oficial lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y de la ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta.

Ley de cupo laboral trans: qué dice

Se trata de la norma aprobada el 24 de junio pasado por el Poder Legislativo, promulgada a principios de julio por el Poder Ejecutivo, que establece que los tres poderes del Estado Nacional, los ministerios públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales y las empresas y sociedades del Estado deben ocupar en una proporción no inferior al 1 por ciento de la totalidad de su personal, puestos de trabajo con personas travestis, transexuales y transgénero, en todas las modalidades de contratación regular vigentes.

Entre otras disposiciones, la reglamentación de la norma determina que, en caso de "un empate de ofertas", se dará "prioridad en las contrataciones del Estado" a aquellas empresas que "en su planta laboral posea a personas travestis, transexuales y transgénero".

"En el caso de que varias de las empresas igualadas incluyan en su plantel a personas con dichas identidades, deberá priorizarse al oferente que posea el mayor porcentaje de personas travestis, transexuales y transgénero en sus puestos de trabajo. Con el fin de hacer valer esta preferencia, los oferentes deberán acreditar fehacientemente la relación laboral con el aludido personal y, en su caso, la cantidad mediante la presentación de la documentación que acredite el vínculo laboral", indica la reglamentación elaborada por el Poder Ejecutivo.

Por otro lado, indica que serán puestos a disposición de los organismos "materiales de capacitación y lineamientos generales sobre sensibilización y capacitación con perspectiva de género y diversidad sexual que tengan como fin la efectiva integración de las personas travestis, transexuales y transgénero en los ámbitos laborales".

Registro cupo laboral trans: cómo anotarse

El registro ahora  denominado "Diana Sacayán - Lohana Berkins", en consonancia con la Ley y en honor a las activistas travesti-trans, permite cargar los datos necesarios para aspirar a un puesto en algún organismo del Estado. Las personas interesadas podrán inscribirse sin importar si realizaron o no la rectificación registral de la identidad aupercibida y el cambio de nombre de pila e imagen en su DNI, según afirmaron fuentes del MMGyD.

Paso a paso:

El Gobierno aclara que la inscripción no garantiza el ingreso a un puesto disponible en el Sector Público Nacional y tampoco es requisito para acceder a un cargo.

En el acto de promulgación de esta norma, en julio pasado, el presidente Alberto Fernández había resaltado que "hay quienes creen que dar derechos es un problema porque rompe el status quo, creen que es mejor un país con derechos para algunos", y señalado que desde que el Frente de Todos llegó al Gobierno, se propuso la "ampliación" de los mismos.

"Una sociedad que descarta a su gente, es una horrible sociedad", había postulado el mandatario, a la vez que había remarcado que, en cambio, "la mejor Argentina es la que da derechos".