El fiscal ante el Tribunal Oral Federal 8, Marcelo Colombo, se opuso hoy al cierre de la causa por el Memorándum con Irán, pidió a los jueces que rechacen los planteos de inexistencia de delito de las defensas y ratificó que el caso debe llegar a juicio.

Al inicio de la audiencia, el fiscal pidió a los jueces Gabriela López Iñiguez, José Michilini y Daniel Obligado que rechacen la inexistencia de delito, en base a planteos de las defensas de distintos procesados, entre ellos la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

"No se ha producido ninguna prueba nueva durante la instrucción suplementaria que permita hacer uso de la regla" que habilitaría a cerrar el caso sin llegar a juicio, argumentó el fiscal.

Colombo diferenció la causa por la firma del Memorándum con la conocida como "dólar futuro", que sí fue cerrada con sobreseimientos porque una pericia incorporada en la etapa de preparación del juicio oral demostró que no hubo perjuicio económico para el Estado Nacional con esa operatoria.

"Hubo una novedad absoluta" dijo en relación a esa pericia y "esa nueva prueba permitía demostrar que uno de los elementos de la acusación no estaba configurado", recordó el fiscal sobre ese caso. Pero en la causa por el Memorándum, Colombo argumentó que "las cuestiones novedosas que presentan las defensas para nosotros no lo son".

La causa del Memorándum

Además de la expresidenta, en la causa están procesados los actuales procurador del Tesoro, Carlos Zannini; el ministro de Desarrollo de la comunidad bonaerense, Andrés Larroque; el senador Oscar Parrilli y el viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena, entre otros.

La denuncia fue presentada por el fiscal Alberto Nisman por supuesto "encubrimiento agravado" a raíz del tratado firmado en 2013 y que, según sostuvo, habría buscado el cese de las alertas rojas de captura internacional contra ciudadanos iraníes acusados por el ataque del 18 de julio de 1994, fue cerrada por "inexistencia de delito" en febrero de 2015 por el juez federal Daniel Rafecas.

Esa decisión del juez de primera instancia fue confirmada después por la Cámara Federal porteña y en mayo de 2016 por Casación, porque el fiscal ante esa instancia, Javier De Luca, no mantuvo la apelación y también evaluó que "no hubo delito". Sin embargo, el 29 de diciembre de 2016, el máximo tribunal penal federal del país con los votos de Borinsky, Hornos y Ana María Figueroa reabrió la causa tras analizar la supuesta aparición de nueva prueba.

La supuesta "nulidad" de esta decisión es ahora analizada por el TOF 8 que sumó además planteos por "inexistencia de delito" para resolver si avanza o no en la preparación del juicio oral.