La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa entregando esta semana el bono de $5000 para jubilados y jubiladas junto con los haberes previsionales correspondientes al mes de agosto por terminación de DNI. Será para todos aquellos beneficiarios que cobren menos de dos haberes mínimos.

El organismo que dirige Fernanda Raverta abona un monto en compensación de la diferencia con la inflación a los titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más, mientras sigue con el calendario de pagos según la terminación de documento.

La semana anterior, cobraron los beneficiarios con documento terminado entre 0 y 4 que percibe una jubilación de menos de $25.923. Este grupo continuará recibiendo la suma hasta el 23 de agosto mientras que quienes superan ese tope, lo harán del 24 al 30 de agosto.

Jubilados: quiénes cobran esta semana

  • DNI finalizados en 5, a partir del día 17 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 6, a partir del día 18 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 7, a partir del día 19 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 8, a partir del día 20 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 9, a partir del día 23 de agosto de 2021

Haberes superiores a los $25.923

  • DNI finalizados en 0 y 1, a partir del día 24 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 2 y 3, a partir del día 25 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 4 y 5, a partir del día 26 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 6 y 7, a partir del día 27 de agosto de 2021.
  • DNI finalizados en 8 y 9, a partir del día 30 de agosto de 2021.

Además, ya está habilitado el cobro para quienes perciben Pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más. ANSES estima que cerca del 83 por ciento de los jubilados y jubiladas percibirá el plus en sus salarios de agosto.

Quiénes cobran el bono de 5000 pesos

Según el Decreto 481/2021, el bono está destinado a "los beneficiarios de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) a que refiere la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias", además de los beneficiarios de la "Pensión Universal para el Adulto Mayor, instituida por el artículo 13 de la Ley N° 27.260 y sus modificatorias".