El juez federal con competencia electoral, Alejo Ramos Padilla, objetó la precandidatura a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires de Daniel Gollan por no tener domicilio en el territorio bonaerense y dio un plazo de 48 horas para que "subsane" la situación.

"Se advierte que si bien la conformación de la lista presentada se ajusta, en principio, a la paridad de género exigida por el art. 26 inc. “a” de la ley 26.571 y art. 1° del decreto mencionado, surgen, del informe actuarial que antecede, observaciones sobre el cumplimiento de las calidades exigidas respecto del precandidato Titular n° 2, GOLLAN, Daniel Gustavo, por no ser natural del distrito ni reunir un mínimo de dos años de residencia en el mismo según lo normado en el art. 48 de la Constitución Nacional, lo que podría implicar el incumplimiento de la citada normativa", cuenta la resolución del magistrado.

Y agrega: "intímase a la agrupación (Frente de Todos) para que en el plazo que se concede de cuarenta y ocho (48) horas (con habilitación de días y horas inhábiles y contando a partir de la notificación de la presente) subsane lo aquí observado".

Según el Artículo 48 de la Constitución Nacional, para ser diputado "se requiere haber cumplido la edad de 25 años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella".

El exministro de Salud bonaerense está segundo en la lista encabezada por Victoria Tolosa Paz.