Tras el anuncio del nuevo bono para jubilados y con el calendario de pagos de Anses en julio en marcha, la abogada previsional Bárbara Schargorodsky de http://www.jubilamosya.com respondió a las principales dudas de adultos mayores. En La Mañana, que conduce Víctor Hugo Morales en AM750, habló sobre el extra a cobrar en agosto, la jubilación para madres, las pensiones y los retiros por invalidez.

  • Si cobro jubilación y pensión mínimas, ¿me corresponde el bono?

"Sí, corresponde. En este caso el bono es hasta dos haberes mínimos", aclaró la especialista. El monto del nuevo bono para jubilados será de $5000 a entregarse en agosto y alcanzará a quienes cobren hasta $46.130. De esta manera, quienes cobren la mínima percibirán en agosto $28.065.

Cerca del 83 por ciento de los jubilados y jubiladas cobrarán el plus que el Gobierno otorgará con el fin de compensar la pérdida de poder adquisitivo como consecuencia de la inflación, que ya supera el 25 por ciento en los primeros seis meses del año según datos del INDEC.

  • Con la moratoria me faltan dos años, ¿podré jubilarme? tengo tres hijos.

"En principio sí, falta el decreto pero según la información ahora disponible en la página de ANSES si. Es compatible con las moratorias vigentes", destacó Schargorodsky.

De acuerdo a lo anunciado por Anses, la nueva jubilación para madres podrán cobrarla mujeres con hijas y/o hijos, en edad de jubilarse (60 años o más) que no cuenten con los años de aportes necesarios y también aquellas mujeres que no cuenten con una jubilación ya otorgada o en trámite.

El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado computará:

  • 1 año de aportes por hija/o.
  • 2 años de aportes por hija/o adoptada/o.

Asimismo, reconocerá de forma adicional 1 año por hija/o con discapacidad y 2 años en caso de que haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses. También se tomarán en cuenta los plazos de licencia por maternidad y de excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.

Esta medida de inclusión es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).

  • Vivo en el exterior, ¿tengo que presentar la fe de vida?

"El trámite de la fe de vida se suspendió hasta el 31 de diciembre, por lo que la gente que vive en el exterior o en el país no tiene que presentar la fe de vida", indicó la abogada de http://www.jubilamosya.com.

Anses recordó que, a partir de esa fecha," las entidades bancarias deberán ofrecer alternativas no presenciales para que las y los titulares de jubilaciones y pensiones ya no tengan que concurrir a las sucursales o centros de pago para hacer este trámite".

  • ¿Cuánto tiempo queda depositado el dinero de una sentencia de un juicio contra ANSES en el Banco?

"Alrededor de un mes. En general Anses lo gira al banco a mediados de mes, y está alrededor de 25 días. Si la persona no lo va a cobrar, vuelve a Anses", respondió.

  • ¿Un retiro por invalidez es lo mismo que la jubilación común?

"Es una jubilación, pero como hay un tema de salud grave o importante se anticipa la edad, pero sí. Se tiene que tener regularidad de aportes y más del 66% de incapacidad", detalló la experta.

  • Mi marido cobraba la PUAM, ¿yo no puedo tramitar la pensión?

"Una de las cuestiones de la PUAM es que no da derecho a pensión así que lamentablemente no va a poder tramitarla", señaló.

  • Citaron a mi papá de la Comisión Médica por su retiro por invalidez, pero está internado, ¿cómo tengo que manejarme?

"En principio es una situación frecuente. Entonces lo que tiene que hacer es llamar a la Comisión, comentarle sobre lo que pasa y ellos van hasta el lugar donde está la persona y hacen la revisación ahí", advirtió Schargorodsky.