Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados emitió este martes dictamen sobre el proyecto de ley de etiquetado de alimentos, por lo que la iniciativa quedó en condiciones de ser debatida por el plenario del cuerpo.

La iniciativa, que ya fue aprobada en el Senado en octubre pasado, fue tratada por las comisiones de Legislación General, de Acción Social y Salud Pública, Industria y Defensa del Consumidor, donde se impuso un dictamen de mayoría impulsado por el Frente de de Todos y acompañado por algunos diputados de Juntos por el Cambio y otras bancadas minoritarias.

El proyecto fija pautas para una alimentación saludable y establece la colocación de una serie de sellos frontales en los envases de alimentos con altos contenidos de sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Según la Organización Panamericana de la Salud (OPS) en la Argentina, los tres factores de riesgo más asociados a la mortalidad son la hipertensión, la hiperglucemia en ayunas elevada y la obesidad, que provocan unas 140 mil muertes al año.

"Creo que podemos hacer y tener una buena ley que definitivamente encamine a la Argentina en el sendero de los países que no le temen a que los productos tengan información pública", sostuvo la diputada Graciela Camaño.

Sin embargo, dos miembros del PRO rechazaron el proyecto en apoyo a las palabras del diputado Alejandro García, defensor del único sector que presentó oposición a la iniciativa, la Industria: “Hubiera sido mejor la posibilidad de buscar una real discusión y un real acercamiento al sector de la industria alimenticia y de pensar algún tipo de coordinación normativa con el Mercosur”, dijo García.

En este sentido, el diputado del Frente de Izquierda, Juan Carlos Giordano aportó: “Esta ley a pesar de ser informativa, es resistida por las grandes empresas multinacionales, las mal llamadas alimenticias, que generan comida chatarra, tóxica. Son grupos que concentran el mercado de alimentos mundial”.

Por otra parte, con cinco firmas, otro dictamen fue impulsado por el diputado oficialista por Tucumán, Pablo Yedlin, que marcó algunas diferencias respecto a su aplicación en las industrias, principalmente las PyMEs, y su armonización con el Mercosur.

Contó con el acompañamiento de legisladores provenientes, principalmente, de provincias azucareras: “Estoy en total acuerdo con el etiquetado frontal de advertencia en Argentina, aun así la ley tiene algunos errores que a mi manera de ver no podrán ser salvados por la reglamentación; y que propongo enmendar con el dictamen de minoría".

Las etiquetas

Cualquiera de las etiquetas de advertencia, debe superar el 5% del tamaño del envase y debe estar visible al frente del mismo.

El formato de las etiquetas es el considerado como de mayor eficacia por la Organización Panamericana de la Salud (OPS), que junto con los informes de las Guías Alimentarias para la Población Argentina (GAPA), constituyen las recomendaciones básicas del proyecto.

La etiqueta que lleva forma de octógeno negro y letras blancas, indicará el exceso de cualquiera de los productos críticos, es decir, azúcares, sodio, calorías, grasas saturadas o totales.

Los alimentos que contengan cafeína y/o edulcorante deberán llevar una etiqueta precautoria que indique que tal producto no es recomendado para niñas y niños.

Partiendo de esta base, trabaja sobre el proyecto comunicacional y de difusión para informar a la sociedad acerca de los alimentos que consume. Hace especial hincapié en la transformación de hábitos en la infancia, regulando la cantidad de ultraprocesados o críticos que se consumen.

Además, se prohibirá la publicidad destinada a niñas, niños y adolescentes de alimentos que tengan dos o más sellos de advertencia. Esto incluye que dichos productos no puedan contener dibujos animados, personajes conocidos, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen su atención o puedan entenderse como un aval.

Asimismo, se regulará la distribución de ultraprocesados en entornos escolares y se establecerá que, ante igualdad de condiciones, el Estado deberá priorizar la compra de alimentos sin sellos de advertencia.

Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, sal de mesa, aceites vegetales y frutos secos.