El Gobierno nacional prorrogó este viernes hasta el 6 de agosto inclusive la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con medidas sanitarias para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus en el país, a la vez que amplió a través de una nueva Decisión Administrativa (DA) el cupo de pasajeros argentinos o residentes diarios que podrán ingresar al país por vía aérea.

A través del DNU 455/21, el presidente Alberto Fernández prorrogó el DNU 287/21, que faculta a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar medidas ante la verificación de determinados parámetros, a través del denominado "semáforo epidemiológico" que se divide en bajo, mediano y alto riesgo según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

Además, la Dirección Nacional de Migraciones precisó oficialmente las nuevas disposiciones en las fronteras del país y estableció aumentar progresivamente la cantidad de argentinos que pueden regresar desde el exterior, entre otras medidas, las cuales estarán vigentes también hasta el próximo 6 de agosto.

A partir de este sábado, habrá 5.200 plazas disponibles para la semana del 10 al 16 de julio, 6.300 para la del 17 al 23 y 7.000 para las semanas del 24 al 30 de este mes y la del 31 de julio al 6 de agosto.

También se permitirá el ingreso desde Uruguay de dos buques de pasajeros semanales, con aforo de hasta el 50 por ciento.

Seguirán suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido, de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India y países africanos.

También continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

Llegada al país

Quienes regresen del exterior están obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen. La estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

En este período, se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los arts. 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública, sancionadas con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente.

Además, se especificó que todos deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina así como otro al llegar al país y otro testeo al séptimo día de ingreso.

Quienes resulten negativos, deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de la CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.

Quienes resulten positivos, habrá que hacerse otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera. Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.