El Gobierno resolvió que los trabajadores que se vacunen contra el coronavirus tendrán justificada la ausencia laboral. La ausencia podrá ser justificada con la presentación de la constancia de vacunación, según precisa la Resolución 92/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

"Será justificada la inasistencia del trabajador o trabajadora durante la jornada laboral que coincida con el día de aplicación de la vacuna destinada a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19", indica la resolución.

Según indicaron, la ausencia al trabajo en el día de la vacunación contra el coronavirus no podrá producir "la pérdida o disminución de sueldos, salarios o premios por este concepto".

La resolución lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

"La constancia de la aplicación de la vacuna, previa autorización del empleador, constituirá justificación suficiente, tanto para el vacunado como para los responsables de personas a su cargo", se agrega en el documento.

PLAN OFICIAL DE VACUNACIÓN

El plan oficial de nación comprende 6 etapas
  1. Personal de salud (escalonamiento en función del riesgo de actividad).
  2. Adultos mayores de 70 años y personas que residen en geriátricos u hogares de adultos mayores de la Ciudad. Se implementa una subetapa que arranca con los mayores de 80 años.
  3. Adultos mayores de 60 a 69 años.
  4. Personal estratégico.
  5. Personas entre 18 y 59 años con factores de riesgo: diabetes (insulinodependientes y no insulinodependientes), obesidad grado 2 y 3, enfermedades cardiovasculares, renales y/o respiratorias crónicas.
  6. Otros grupos estratégicos definidos por las jurisdicciones de acuerdo a la disponibilidad de dosis.