El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, brindó una conferencia de prensa este mediodía anunciando las nuevas restricciones que se impondrán para tratar de frenar los contagios de coronavirus. El nuevo decreto de Alberto Fernández viene a reglamentar el DNU 956, que dictó a fines de noviembre y que en su artículo cuarto expresa que las autoridades provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires "podrán dictar normas reglamentarias para limitar la circulación por horarios o por zonas con el fin de evitar situaciones que puedan favorecer la propagación del coronaviur del coronavirus" durante 14 días, tras "la evaluación de riesgo" epidemiológico de cada lugar. Cafiero adelantó que en el DNU, "se detallarán los indicadores epidemiológicos a la hora de tomar medidas de restricción de circulación para bajar los contagios.

Punto por punto, qué dice el Decreto

El Decreto que será publicado en las próximas horas y que lleva la firma de Alberto Fernández, expresa que la "experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al covid-19" Además, "que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención. Desde el gobierno nacional, no impondrán las medidas sino que el decreto sugerirá a cada provincia tomar las acciones que considere pertinente.
  • El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:
RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea superior a 1,20 (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra) INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea superior a 150
  • En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.
  • El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.
  • El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

Más medidas

Además de la restricción de la circulación se sumarán otras medidas como el requisito del test PCR para todos los pasajeros de los vuelos de cabotaje. Esto busca evitar que el virus se propague entre las provincias. Por ahora las fronteras nacionales seguirán abiertas para los ciudadanos argentinos que regresen al país. El transporte público podrá ser utilizado únicamente por los trabajadores esenciales, con su respectivo permiso, quienes no sean alcanzados por la restricción nocturna. Los vuelos internacionales se reducirán en un 30 por ciento.

¿Cómo lo tomaron las medidas las provincias?

En el encuentro que el mandatario tuvo esta semana con los gobernadores,  se conversó de imponer un límite a la circulación entre las 0 a las 6. Aunque cada gobernador podrá ampliar o reducir esa franja horaria, o directamente no aplicar la restricción. Los gobernadores de Mendoza, Rodolfo Suárez, y de Córdoba, Juan Schiaretti, adelantaron que no aplicarán restricciones a la circulación tal cual recomendarían desde la Casa Rosada: lo harían en horarios y formas diferentes. Lo mismo podría pasar con la Ciudad de Buenos Aires, en donde el jefe de gobierno Horacio Rodríguez Larreta se encargaría de tomar sus propias medidas.