A través del Decreto 1024/2020 el Gobierno promulgó la Ley 27.605, que establece la creación de un Aporte Solidario y Extraordinario de las Grandes Fortunas "con carácter de emergencia y por única vez", a fin de "morigerar los efectos de la pandemia" de coronavirus.

La ley prevé el cobro por única vez de una tasa de entre el 2 y el 3,5 por ciento a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado más de 200 millones de pesos, lo que abarcará a 12 mil contribuyentes.

Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior.

También alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”.

El monto del aporte a ingresar se basará en una escala publicada en el Boletín Oficial donde los porcentajes van del 2 al 3,5 por ciento, según la magnitud de las riquezas declaradas. 

LAS ESCALAS DEL IMPUESTO

Por otra parte, por el total de los bienes situados en el exterior, los contribuyentes pagarán porcentajes que van desde el 3 al 5,25 por ciento, también en base a otra escala.

Con la ley se espera recaudar cerca de 307 mil millones de pesos. El destino de los fondos será:

  • Un 20 por ciento será destinado a la compra y/o elaboración de equipamiento médico.
  • Un 20 por ciento irá como subsidios a pymes.
  • Un 20 por ciento será destinado al programa Progresar.
  • Un 15 por ciento al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU).
  • El 25 por ciento restante irá a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación vinculados a la exploración, desarrollo y producción de gas natural.