En su columna en Una Nueva Aventura, la historiadora Araceli Bellotta relató la historia de la penalización del aborto en nuestro país en el marco del debate por la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) que comenzó esta semana en el Congreso.

La historia de la penalización del aborto en la Argentina

“A fines del siglo XIX fue el anarquismo el que empezó con la cuestión del control de la natalidad. Entre otras reivindicaciones, proclamaban el amor libre y, además, hablaban de la libertad sexual”, contó Bellota.

“En 1919, el senador del Partido Socialista, Enrique del Valle Iberlucea, presentó una reforma del Código Penal que estaba vigente entonces y ahí propuso ampliar la no punibilidad del aborto más allá del riesgo de vida de las mujeres, pero no prosperó por oposición de la Iglesia Católica”, apuntó Bellota.

Además, explicó la importancia del “olvido” de una coma en la redacción del Código Penal de 1921 en el artículo sobre el aborto.

“En 1921 se dictó un nuevo Código Penal, que es el que está vigente hoy todavía en este tema, y que dispuso en su artículo 86 la no punibilidad del aborto en dos incisos. El primero decía que no es punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o salud de la madre y, en el segundo inciso, decía ‘si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente’”, detalló.

“Se olvidaron de poner una coma después de la palabra violación. Entonces, los que se oponían a adujeron que esta está no punibilidad, decían que no abarcaba todas las mujeres, sino sólo las idiotas y la de mentes. Esta cuestión recién se dirimió en 2012”, apuntó.

https://soundcloud.com/grupooctubre/la-columna-de-araceli-bellotta-en-una-nueva-aventura-2