En el día de hoy el Gobierno, mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, amplió las actividades excluidas de cumplir la cuarentena preventiva y obligatoria a causa de la pandemia por el coronavirus.

El objetivo de la medida es aliviar el impacto económico que genera el aislamiento obligatorio, y son ocho las nuevas actividades consideradas esenciales: la venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones, aquellas actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera, las curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola. También, las actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía; la exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear, los servicios esenciales de mantenimiento y fumigación, las mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos y aquellas destinadas a la inscripción, identificación y documentación de personas.

Las personas afectadas a alguna de estas actividades deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para poder circular, que comenzará a estar vigente desde el 6 de abril.