El Gobierno publicó el DNU-329/2020 que establece la prohibición de los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial.

Entre sus principales disposiciones el Decreto señala:

  • Que quedan prohibidos los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y  fuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días.
  • También se prohiben las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo por el mismo plazo.
  • Como excepción de esta prohibición se permiten las suspensiones efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.
  • asimismo se ordena que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto del presente decreto, no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.